El
cargo de Vice-presidente(a)
de la Junta Directiva del Colegio Medico de Honduras como organización
de gobierno, resulta de un proceso democrático de elección del gremio
médico nacional a través de la Asamblea General Ordinaria que se
realiza cada dos años y de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica
Artículo 32:
Constituyen sus atribuciones las siguientes:
a)
Coordinar y ejecutar la sustitución del Presidente(a) en
su ausencia.
b)
Representar al Colegio Medico de Honduras en la integración
de la Junta Directiva del Instituto Hondureño de Seguridad Social
(IHSS) como miembro propietario.
c)
Desempeñar y cumplir con misiones oficiales,
nacionales e internacionales cuando así lo decida la Junta Directiva
del Colegio Medico de Honduras.
d)
Conocer y analizar la práctica médica de toda Brigadas Extranjera
en relación al cumplimiento estricto de nuestras leyes y proyección
social de sus actividades.
e)
Conocer e investigar cuando se le solicite el tipo de relaciones
laborales entre médico y patrono con el fin de establecer
un clima de armonía y protección de los derechos gremiales contemplados
en la Ley Orgánica y Ley del Estatuto del Médico Empleado.
f)
Contribuir al mejoramiento y supervisión en el cumplimiento
de los derechos en la protección del médico pensionado, jubilado
e inhabilitado física y mentalmente.
g)
Visitar periódicamente a las delegaciones y subdelegaciones
médicas departamentales, para conocer y resolver sus problemas.
h)
Formar parte de comisiones especiales en base a políticas
de la Junta Directiva y de las Asambleas General Ordinaria y Extraordinaria.
i)
Revisar y actualizar de acuerdo a su importancia Reglamentos
del Colegio Médico de Honduras en materia administrativa, económica
y financiera.
j)
Contribuir en el desarrollo y fomento del espíritu único
y solidario de los afiliados en base a las funciones: gremial, universitaria,
ética y social para exaltar la imagen del médico hondureño.
k)
Firmar los cheques que emite el Colegio Medico de Honduras;
en ausencia del presidente(a) y Secretario(a) de Finanzas o Tesorero.
Requisitos
Contemplados en el Reglamento Interno del Colegio Medico de Honduras
Artículo 41:
Para
ser miembro de la Junta Directiva se requiere:
a)
Ser hondureño por nacimiento.
b)
Estar colegiado y en pleno goce de sus derechos.
c)
Tener más de cinco años de estar colegiado
d)
No tener cuentas pendientes con el tesoro del colegio.
e)
Ser de reconocida solvencia moral, ética y profesional
El mundo moderno exige de los representantes de la Junta Directiva
del Colegio Medico de Honduras:
a)
Identificación gremial
b)
Honradez personal
c)
Capacidad técnica, científica y administrativa comprobada
d)
Transparencia en sus actos profesionales
e)
Rendición de cuentas
Teléfonos: 232-6763, 239-3596, 239-4128
Fax: 232-6573
Apartado Postal No. 810, Tegucigalpa, M.D.C.
Dirección: Centro Comercial Centroamérica
Tercer
Nivel
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